La Junta de Andalucía ha convocado ayudas destinadas a compensar los gastos de desplazamiento del alumnado de Formación Profesional que realizó su formación práctica en empresas durante el curso 2024/2025.
La convocatoria está dirigida al alumnado de Grado Básico, Grado Medio, Grado Superior y Cursos de Especialización que, durante dicho curso, realizara alguno de los siguientes periodos formativos:
Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Formación en Empresa u Organismo Equiparado (FFEOE).
Determinadas prácticas vinculadas a la Formación Profesional Dual.
Plazo de solicitud
El plazo para presentar la solicitud es de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que tuvo lugar el 1 de octubre de 2026.
Dado que se trata de un plazo reducido, se recomienda al alumnado interesado realizar la solicitud lo antes posible.
¿Cómo se solicita?
La solicitud debe realizarse de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la Junta de Andalucía:
https://secretariavirtual.juntadeandalucia.es/secretariavirtual/accesoTramite/933/
Será necesario aportar la documentación que acredite la realización de las prácticas, debidamente verificada, e indicando el número de jornadas efectivamente realizadas.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de la ayuda puede situarse entre 100 y 1.000 euros, en función de distintos factores, entre ellos:
La distancia entre el domicilio y el centro de trabajo o empresa.
El número de jornadas de formación realizadas.
La renta de la unidad económica de convivencia.
Importante: corresponde al curso 2024/2025
Aunque la convocatoria se haya publicado en octubre de 2026, estas ayudas están destinadas al alumnado que realizó sus prácticas o formación en empresa durante el curso académico 2024/2025.
Por tanto, es importante comprobar que el periodo de prácticas realizado corresponde a dicho curso antes de presentar la solicitud.
Seguimiento de la solicitud
Una vez presentada la solicitud, se recomienda consultar periódicamente las comunicaciones y publicaciones de la Consejería de Educación por si fuera necesario realizar alguna subsanación o aportar documentación adicional.
Del mismo modo, deberá hacerse seguimiento de la publicación de la correspondiente resolución del procedimiento.